sábado, 29 de agosto de 2009

Busca implementar en Chile el Convenio 169 de la OIT:

Gremios inquietos por "Reglamento Transitorio" para el tema indígenaEntidades privadas señalan que este instructivo que prepara el Ejecutivo podría incitar a algunas comunidades a acrecentar las movilizaciones.
Fernando Vial R.

Sábado 29 de Agosto

No quedaron impávidos los gremios al enterarse de la decisión del Gobierno de reemplazar al fallido Código de Conducta Responsable (CCR) con un "Reglamento Transitorio" para implementar el Convenio 169 de la OIT, que entra en vigencia en Chile el próximo 15 de septiembre.

Ayer venció el plazo para que los ministros que integran el Comité para el tema indígena entregaran sus observaciones sobre este "instructivo" de Gobierno, la cual sólo normará la forma en que el Estado -y no las empresas- deberá consultar a las comunidades por las medidas y proyectos que los afecten directamente.

Un alto representante de las empresas dice que "evidentemente desde el Código a lo que tenemos hoy es un cambio sustancial, pero queda la duda de cómo lo van a tomar las comunidades. Se cambian 300 por 11 páginas, y francamente creo que si estaban quemando bosques hace un mes, ahora es difícil prever el efecto".

Hacienda, Energía y Minería, entre otras reparticiones del Estado, fueron las encargadas de encontrar el instructivo que presentará pronto la Presidenta Bachelet.
Reformas legislativas

Un alto dirigente gremial señala que con este reglamento transitorio no se van a cambiar los mecanismos para que un privado obtenga los permisos necesarios para las inversiones, como se sugería en el CCR.

Pero -sostiene- "(el Gobierno) se está lavando las manos, porque lo que está haciendo es darle aplicación a lo que puede, que es una mínima parte, y el resto, que significa el envío de reformas legislativas al Congreso, que lo resuelvan los siguientes gobiernos".

En efecto, un estudio encargado por el Ejecutivo a la Universidad Diego Portales dio como resultado que sería necesario reformar las leyes de Pesca, de Servicios Eléctricos, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, de Bosques, la Ley Indígena, sobre Bases Generales de Medio Ambiente, y los códigos de Aguas y Minería.

Carlos Pérez-Cotapos, socio de Cariola, Díez Pérez-Cotapos, sentencia que "este reglamento transitorio y el definitivo que se apruebe posteriormente van a dificultar, entorpecer y alargar el desarrollo, exploración y explotación de los recursos naturales en el territorio nacional".

Indígenas rechazan el instructivo

Molestos reaccionaron las comunidades indígenas con el plan que prepara presentar el Gobierno.
El líder mapuche Aucán Huilcamán dice que el reglamento transitorio "es una medida absolutamente apresurada e ilegal, porque el Convenio 169 debe ser aplicado íntegramente, y de no ser así se debe establecer en el Senado una ley orgánica u ordinaria que dé forma al procedimiento".

Por ello, no descarta que esto genere un alza en las movilizaciones. "Nos pone en un estado de movilización mayor de lo que está pasando en el sur", dice.


Para implementar el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas:Gobierno define "Reglamento Transitorio" en reemplazo del fallido Código Indígena

El documento fue discutido el pasado martes, y se dio plazo hasta hoy para que los ministros realicen sus observaciones.
F. Vial y D. Bustamante
Viernes 29 de Agosto

Se acerca la fecha límite para poner en marcha el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, que busca generar normas de protección para estas comunidades. El Gobierno encontró una fórmula para implementarlo, luego de la intensa disputa que surgió en torno al primer intento: el fallido Código de Conducta Responsable (CCR).

A principios de agosto, y luego que el propio Gobierno reculara en torno al CCR -que generó amplio rechazo entre los gremios empresariales, por entrabar la inversión-, desde La Moneda surgió la idea de reemplazar el Código por un reglamento transitorio que permita cumplir con los plazos. Chile, debe implementar el convenio antes del 15 de septiembre, día en que se cumple un año desde su ratificación en el Congreso.

El documento fue discutido el pasado martes en el Consejo de Ministros, y se les dio plazo hasta hoy para que realicen sus observaciones al respecto.

Hacienda, Energía y Minería, entre otras carteras, fueron las encargadas de revisar la propuesta que en los próximos días dará a conocer la Presidenta Michelle Bachelet.

A diferencia del CCR, el reglamento sólo normará la forma en que el Estado consultará a las comunidades por las medidas y proyectos que los afecten directamente. (Ver recuadro)
Dada la transitoriedad del documento, el Gobierno seguirá discutiendo con los gremios empresariales, comunidades indígenas y universidades, entre otros actores, las medidas legislativas definitivas que consagren el tratamiento a los pueblos originarios.

Sin embargo, el propio Gobierno ha manifestado que esta discusión legislativa "excederá el mandato de la Presidenta Bachelet", por lo que un cuerpo normativo permanente debería ser promulgado por quienes sucedan a la Mandataria en La Moneda en los próximos años.

En junio, el Secretario General de la Presidencia y actual ministro coordinador de la problemática indígena, José Antonio Viera-Gallo, desechó la opción de que el Gobierno implemente antes de septiembre un Código de Conducta Responsable para con los pueblos originarios.

Este cambio de actitud se produjo luego del amplio rechazo que generó el borrador del Código tanto en empresarios como en representantes de las comunidades indígenas.

Uno de los temas más sensibles en la discusión fueron los obstáculos que el CCR pondría en el desarrollo de proyectos de inversión en zonas de influencia indígena.

Tras esto, el Ejecutivo creó un Comité de Ministros que dio como resultado este reglamento transitorio.

Los cambios legislativos propuestos por la UDP

En septiembre de 2008, el Gobierno encargó un estudio, a través de la OIT, a la Universidad Diego Portales, para conocer cuáles serían los cambios legislativos necesarios para implementar el Convenio 169 en Chile. Las conclusiones fueron entregadas al Ejecutivo en mayo de este año.
Y según el documento, se obligaría a reformar las leyes de Pesca, de Servicios Eléctricos, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, de Bosques, sobre Bases Generales de Medio Ambiente, y la Ley Indígena propiamente tal, así como el Código de Aguas, y el de Minería.

Jorge Contesse, director del Centro de Derechos Humanos de la UDP, dice que "el Convenio 169 obliga a adecuar la legislación de ciertas normativas sectoriales, de manera de darles el derecho a los pueblos indígenas a administrar sus recursos naturales y a beneficiarse de los proyectos de inversión que se desarrollen en esos territorios".

El objetivo del estudio es hacer recomendaciones legislativas de cómo adecuar estasnormas en particular. En el caso de la Ley Eléctrica, por ejemplo, el texto dice que tiene que prohibirse la servidumbre, como regla general, y que se deben establecer procedimientos de consulta. Mientras que en la Ley de Concesiones de Energía Geotérmica, en tanto, se deben prohibir las concesiones como regla general, salvo excepciones muy calificadas.

"Si el Gobierno toma en cuenta este estudio, se va a iniciar una etapa de tramitación legislativa que va a tomar mucho tiempo y resistencia", dice Contesse.

''Se va a iniciar una etapa de tramitación legislativa que va a tomar mucho tiempo y resistencia", dice Contesse.

Mecanismo que tendrá que aplicar el Gobierno

Antes del 15 de septiembre, la Presidenta Bachelet decretará el reglamento transitorio que regula la consulta y la participación de los pueblos indígenas en las políticas públicas que tengan directa relación con ellos.

El documento estipula la manera en que deberán proceder obligatoriamente los organismos del Estado a la hora de consultar a las comunidades. Este reglamento no se aplica a las medidas administrativas que tengan su origen en órganos de la administración del Estado que digan relación con los proyectos de inversión en tierras o áreas de desarrollo indígena (ADIs).

1 Consulta. Es el procedimiento a través del cual los pueblos indígenas interesados pueden expresar su opinión acerca de la forma, el momento y la razón de determinadas medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles, y que tengan su origen en algunos de los órganos de la administración del Estado. Esta debe realizarse con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento respecto de las medidas propuestas, lo que implica la voluntad de realizar las adecuaciones a las medidas, que sean razonables, posibles, necesarias y pertinentes a los pueblos indígenas. Los procesos de consulta y participación deberán efectuarse a través de las comunidades, asociaciones y organizaciones indígenas reconocidas en conformidad a la ley.

2 Afectación. Se entenderá que hay afectación directa de los pueblos cuando la medida legislativa o administrativa o el respectivo plan de desarrollo, según corresponda, diga relación exclusiva con tierras indígenas o ADIs.

3 Mideplan y Conadi. El Ministerio de Planificación (Mideplan) velará por el adecuado desarrollo de los procesos de consulta y participación, en coordinación con los órganos de administración del Estado, siendo asesorados técnicamente por la Conadi, ente que también proporcionará la información necesaria a fin de lograr la adecuada determinación de quienes representan a las comunidades indígenas.

4 Pertinencia y plazos. El órgano estatal que desarrolle una medida legislativa o administrativa deberá evaluar, en coordinación con Mideplan, la pertinencia de iniciar un proceso de consulta. Los plazos para recibir las observaciones serán de 30 días, pudiendo prorrogarse por otros 30 más, en caso de que la situación lo amerite.

No hay comentarios: