martes, 7 de julio de 2009

AIDESEP exige terminar con la persecución política contra los dirigentes regionales y nacionales



AIDESEP, 07 de julio de 2009. En conferencia de prensa y por mandato de los pueblos amazónicos, la vicepresidente de la AIDESEP, Daysi Zapata Fasabi, lamentó que el gobierno incumpla con los compromisos que el premier Yehude Simon se comprometió en Satipo, región Junín y Santa María de Nieva, región Amazonas e indicó que actitudes como ésta pone en peligro la continuidad de la organización en la mesa de diálogo.

“Seguiremos insistiendo en que se cese la persecución de nuestros dirigentes nacionales y regionales, el cese de las incursiones del Ejército y la Policía en las comunidades indígenas, el hostigamiento de los fiscales; todas esta situaciones hace que los pueblos sientan desconfianza de las decisiones y buena voluntad del gobierno”, expresó.

Zapata Fasabi informó que los dirigentes Teresita Antazú López, jefa de UNAY; Saúl Puerta Peña, secretario nacional de la AIDESEP; Marcial Mudarra Taki, coordinador general de CORPI SL y Cervando Puerta Peña, presidente de ORPIAN; por disposición de la jueza del 37º Juzgado Penal de Lima, Carmen Arauco Benavente, ordenó la detención y búsqueda nacional e internacional de los representantes del pueblo.

Frente a ello, la lideresa indígena mostró su sorpresa que este gobierno no tenga palabra de honor respecto a los compromisos adoptados y que el movimiento indígena esperará solo esta semana para que esta situación cese, caso contrario, lamentablemente se retirarán de la mesa de diálogo pues “no podemos dialogar mientras el premier prometa una cosa y al final, suceda otra”.

Poder Judicial ordena detención de Pizango y otros cuatro líderes indígenas

EFE
El 37 juzgado penal de Lima emitió hoy la orden de detención contra el líder indígena asilado en Nicaragua Alberto Pizango y otros cuatro dirigentes de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep).

Carmen Arauco, titular de dicho juzgado, acusa a los cinco dirigentes de Aidesep de ser presuntos autores de delitos contra la tranquilidad pública, apología de sedición y motín en agravio del Estado, todos estos hechos derivados de su actuación durante las protestas indígenas que en junio provocaron duros enfrentamientos.

Tras casi dos meses de protestas, el pasado 5 de junio un operativo de la policía para reabrir la carretera Fernando Belaunde Terry derivó en enfrentamientos que dejaron un saldo de 24 policías y 10 civiles muertos.

La crisis se solucionó con la retirada de dos de las leyes que los nativos consideraban lesivas a sus derechos y con Pizango pidiendo asilo en la embajada de Nicaragua en Lima, que finalmente le fue concedido.

La orden de detención también ha sido, según informó Radio Programas del Perú, remitida a la Dirección de Migraciones, para que se inicien los trámites para gestionar las peticiones de extradición que correspondan.

Aunque Pizango se encuentra en Managua, se desconoce si los otros cuatro acusado, Marcial Mudarra Taki, Saúl Puerta Peña, Cervando Puerta Peña y Teresita Irene Antaza López, aún están en territorio peruano o han salido del país.

La resolución de Arauco también ordena el embargo preventivo sobre los bienes de los procesados a fin de cubrir el monto de la posible reparación civil que pudiera darse tras el proceso judicial

lunes, 6 de julio de 2009

CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO REVISARÁ RECURSO DE PROTECCION


CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO REVISARÁ RECURSO DE PROTECCION PARA LA SUSPENSIÓN Y ANULACION DE
LA CONSULTA SOBRE RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL
DE LOS PUEBLOS INDIGENAS



1.- La organización del Pueblo Mapuche Consejo de Todas las Tierras, presentó el día jueves 04 de Junio, un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Temuco, para solicitar la suspensión y anulación de la Consulta sobre reconocimiento constitucional indígena que esta propiciando el gobierno de la presidenta Michelle Bachelet.

2.- Comunicamos que el miércoles 8 miércoles julio 2009, durante la mañana, se revisará el Recurso de Protección en la Corte de Apelaciones de Temuco. La defensa del Recurso de Protección lo presentará el destacado profesor y abogado Juan Sanhueza Pirce, el cual será acompañado por Aucan Huilcaman Paillama y una delegación de representantes Mapuche.
3.- El Recurso de Protección en contra del coordinador nacional del programa Orígenes señor Miguel Huaracan Reyes por actos ilegales y arbitrarios cometidos por el programa y que afectan y amenazan los derechos colectivos del Pueblo Mapuche como resultado intrínsico de la “Consulta Sobre Reconocimiento Constitucional Indígena” que está propiciando el gobierno.

4.- La ilegalidad y arbitrariedad fundamento del recurso de protección, se configura por omitir de manera sistemática la participación de los órganos institucionales del Estado con mandato para abordar un asunto de fundamental importancia, considerando que la consulta se refiere a reformar la Carta Fundamental del Estado, que desde hace casi dos siglos no ha incluido a los indígenas del país. Esta situación tiene particular relevancia teniendo en cuenta que es la primera vez en la historia constitucional del país que se reformará la Carta Fundamental y los Pueblos Indígenas eventualmente serán parte integral del marco constitucional del país.

5.- Resulta particularmente absurdo desde el punto de vista del derecho que un programa para la erradicación de la pobreza convoque a una cuestión de extremada importancia como es el reconocimiento constitucional, a raíz de esta situación se configura la ilegalidad y arbitrariedad, lo que no tan solo es un absurdo jurídico, sino, sus resultados anuncian un mal futuro como consecuencia de la ilegalidad y la arbitrariedad, llevando a los destinatarios del reconocimiento constitucional únicamente a llenar una ficha con unas cuantas preguntas, desvirtuando el sentido jurídico y supremo sobre el reconocimiento constitucional indígena.

6.- El recurso se fundamenta en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Artículo 19.- “Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado”. Y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, ratificado por el Parlamento del Estado de Chile en septiembre de 2008, en relación a las consultas Artículo 6.- inciso a.- “consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”;

7.- La practica jurídica internacional que se derivan de la aplicación de los instrumentos de derechos humanos, de los cuales el Estado de Chile es parte, ha establecido que constituyen una condición y un conjunto de principios coherentes con los derechos humanos las directrices internacionales que establecen el Consentimiento Libre, Previo e Informado en asunto relevantes que afectan a los Pueblos Indígenas. Estos principios están establecido de la siguiente manera “Por otro lado, lo que hay que tener presente según el Convenio 169 de la OIT , es que los sujetos colectivos de la consulta son las organizaciones representativas de los pueblos indígenas, y no las comunidades o líderes de manera aislada”.

8.- El Relator Especial de Naciones Unidas, James Anaya, en su reciente visita a Chile durante los días 05 al 09 de abril, presentó, entre otras, las siguientes recomendaciones al Estado de Chile.“En estas circunstancias, el Relator Especial opina que, para que la consulta a los pueblos Indígenas en relación con la reforma constitucional sea verdaderamente sea una consulta previa, informada, y significativa, esta no debe circunscribirse necesariamente al texto del informe aprobado por el senado el pasado 07 de abril 2009. Aunque este texto representa desde luego un insumo importante para la consulta, la consulta debería estar abierta en principio a otras cuestiones que, a la luz de las normas internacionales, la legislación interna, y las demandas legitimas de los pueblos Indígenas pudieran tener cabida dentro del texto constitucional reformado”

9.- El Consejo de Todas las Tierras, reitera el llamado a los organismos, personas Mapuche a participar de la defensa de los derechos fundamentales están comprometidos concurriendo a la Corte de Apelaciones en la fecha indicada.


Oficina Consejo de Todas las Tierras

Wallmapuche, Temuco. Chile 06 de Julio de 2009